miércoles, 6 de julio de 2016

CUSTODIA DE LOS HIJOS EN EL PERIODO VACACIONAL .




Ya ha comenzado el periodo estival, llegan la vacaciones, y cuando se habla de vacaciones la familias que ha pasado por el divorcio se plantean dudas sobre como llevar a cabo ese regimen de custodia en verano

Durante la vacaciones , se interrumpe el régimen de custodia y visitas que viene establecido durante todo el resto del año y se aplica el régimen determinado para las vacaciones , que vendrá  regulado o en la sentencia o en el plan de relaciones familiares si el divorcio fue de mutuo acuerdo.

Salvo que se exprese en la sentencia o en el convenio otra cosa , este  cómputo  ira desde el primer día sin colegio hasta el último día antes de iniciar el nuevo curso ( así pues se  computa según el calendario escolar de los niños, no según las vacaciones de los progenitores)

Durante el periodo vacacional que disfrutamos de la compañía de nuestros hijos, debemos facilitar que el otro progenitor pueda comunicarse con ellos, vía telefónica, o a través de las nuevas tecnologías (hay que aprovecharlas por su practicidad) con normalidad.  Durante este periodo, el progenitor que habitualmente no convive con los menores se convierte en custodio, siendo responsable de los menores ya que están a su cargo (como en los fines de semana que le corresponden, etc)

Cada progenitor va a decidir cómo desea pasar estos días: si los menores van de campamento, si pasan el verano con los abuelos , tíos o primos, si viajan… No está de más, comunicar al otro progenitor donde van a estar los menores, a los efectos informativos y para que, en su caso, pueda comunicarse con ellos.

Estas actividades que cada progenitor decide hacer con los menores en su tiempo de verano, serán de su cargo en exclusiva. No puede exigir al otro progenitor que satisfaga cantidad alguna por dichas actividades.

Durante las vacaciones, el abono de los alimentos de los menores sigue vigente. Que los menores pasen más de un mes con el progenitor no custodio no afecta para nada con la satisfacción de los alimentos, en el caso de que estén estipulados, ( en los regímenes de custodia compartida puede no haber determinada pensión de alimentos, ya que cada progenitor se hace cargo de los gastos  de alimento mientras los menores están con el) ya que, cuando se establece la misma, ya se ha computado esta situación
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Asi pues los alimentos se pagan igualmente durante las vacaciones de verano aunque no hay colegio y los menores estén con el pagador.

¿Puede el progenitor no custodio viajar al extranjero con los menores? No existe problema alguno para ello. No es necesario consentimiento del progenitor custodio. Sólo en los supuestos en que se ha dictado una prohibición explícita al respecto en la sentencia de divorcio, por riesgo de sustracción de menores, será cuando quede limitada la salida del país, en estos caso normalmente  dicha salida estará sometida a autorización judicial, previo informe de fiscal , independientemente de que además el menor deba tener toda su documentación actualizada y en vigor, (dni y pasaporte)



Beatriz Abril Martínez,
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